- Zapatero zanja el debate del aborto
- El presidente asegura que no habrá propuestas nuevas en el programa electoral del PSOE y que, todo lo más, se abrirá "una reflexión" para la próxima legislatura
- El País, 2007-12-19 # L.R. Aizpeolea · Madrid
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, cerró ayer de modo tajante el debate abierto la víspera, en
El Gobierno y el PSOE han evitado, sobre todo en los últimos meses y ante la proximidad de las elecciones, suscitar iniciativas políticas que provoquen tanta polémica como sucedió, por ejemplo, con la llamada Ley de Memoria Histórica o con el matrimonio homosexual, proyectos muy combatidos por
El presidente aprovechó el encuentro navideño con la prensa en
Pero el presidente del Gobierno aclaró también que esta reflexión llevará su tiempo y no tendrá ninguna plasmación en el programa socialista para las elecciones de marzo. La reflexión se abrirá tras la celebración de las elecciones de marzo. La legislación actual, que data de 1985, abre la posibilidad del aborto en los casos de violación, malformaciones del feto y riesgo de salud física o psíquica para la madre. El 97% de los casos de aborto se acogen a esta última posibilidad.
La Moncloa
"Pero para dar un paso de ese nivel hay que pulsar, primero, más a fondo la opinión pública y después, madurar la decisión en la sociedad para evitar una polémica y una división social", añaden fuentes de
Ayer por la mañana, al conocer el debate surgido en las filas socialistas, el presidente del PP, Mariano Rajoy, calificó de "absolutamente disparatado" el mero hecho de plantear una reflexión sobre la modificación de la legislación actual, ya que hay un "amplio consenso social" en torno a la actual regulación. "Lo que hay que hacer es cumplir la ley", añadió Rajoy. Acusó a Zapatero de "absoluta falta de convicciones" pues "aquel gobernante que gobierna en base a acontecimientos que se produzcan en un momento determinado me parece que es mal gobernante".
Artículo 145.
- 1. El que produzca el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por
- 2. La mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por
Artículo 146.
- El que por imprudencia grave ocasionare un aborto será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis hasta diez meses.
- Cuando el aborto fuere cometido por imprudencia se impondrá asimismo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de uno a tres años.
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