2007/05/10

> Berria: Justizia > ARGENTINA: CONFIRMAN DIVORCIO POR LA CONDUCTA LESBIANA INAPROPIADA DE ELLA Y LAS BURLAS DEL MARIDO

  • Divorcio: le dan la razón a los dos porque ella era lesbiana y él se burlaba
  • Telam, 2007-05-10

La Cámara Nacional en lo Civil confirmó el divorcio de una pareja por conducta "inapropiada" de la mujer y las burlas del marido junto a terceros a los que les relató aspectos sobre el comportamiento sexual de su cónyuge. El tribunal concluyó que las injurias mutuas son causa suficiente para autorizar la separación.


La Cámara Nacional en lo Civil confirmó el divorcio de una pareja por conducta "inapropiada" de la mujer y las burlas del marido junto a terceros a los que les relató aspectos sobre el comportamiento sexual de su cónyuge.


Fuentes judiciales, que mantuvieron reserva sobre la identidad de los litigantes, precisaron que el divorcio vincular de F.L. y P.F. fue dictado por culpa de ambos cónyuges por "injurias graves" recíprocas.


La causa la había iniciado la mujer, quien sostuvo que su marido la ofendía y no cumplía con los deberes de asistencia familiar hacia ella y los hijos del matrimonio.


L. manifestó que su esposo, abusando de un poder conferido hace más de una década, hipotecó una casa en un club de campo en el norte del conurbano bonaerense, inmueble que luego fue vendido para poder cancelar las deudas.


La demandante expuso que por la falta de aportes de su marido tuvo que sobrecargarse de trabajo para sostener a la familia y que el hombre, identificado como F., empleaba un "discurso irónico" para referirse a ella frente a terceros, entre quienes buscaba cómplices para sus burlas.


Al contestar el reclamo, F. mencionó una conducta supuestamente homosexual de su cónyuge y varios testigos dijeron que les había contado que su esposa "tiene una persona de sexo femenino que lo reemplaza a él en la cama".

La Cámara Civil recordó que el concepto de injurias como causal de divorcio incluye todo "atentado a la dignidad del cónyuge, el menosprecio mediante palabras, gestos, omisión de conductas debidas, ultraje al honor y reputación del otro, trato desconsiderado, actitudes impropias, problemas de carácter, violencia o irascibilidad e incidentes que quiebran la armonía familiar".

La Sala M del tribunal evaluó que F. incurrió en actitud "humillante" al comentar con terceros una cuestión que debía permanecer "en la más absoluta intimidad" debido al "respeto mutuo que debe existir en todo matrimonio".


Con relación a L. el tribunal concluyó que, si bien no se demostró que mantuviera una relación homosexual -con quien que en el expediente aparece mencionada con nombre y apellido- los elementos reunidos en el caso "son prueba suficiente" de una "conducta inapropiada por parte de una mujer casada".


Los camaristas Carlos Ponce, Elisa Díaz de Vivar y Mabel de los Santos se refirieron de tal manera a la correspondencia personal entre ambas mujeres, que, de acuerdo a las fuentes, fue aportada a la justicia por la doméstica del matrimonio.

No comments: