2007/03/01

> Iritzia: Jesús Estomba > TRANSEXUALIDAD: LOS TIEMPOS ESTAN CAMBIANDO

  • Transexualidad: los tiempos están cambiando
  • «Debe brindarse la posibilidad de atención integral de las personas transexuales a través de los servicios sanitarios públicos. Esta es una realidad en diferentes comunidades autónomas y sería deseable fuera también una realidad en la Comunidad Autónoma Vasca».
  • El Diario Vasco, 2007-03-01 # Jesús Estomba · Coordinador de información y asistencia de Gehitu


Con fecha 1 de marzo del presente, el Congreso de los Diputados dará luz verde, previsiblemente, a la Ley que permitirá a las personas transexuales realizar un cambio registral de nombre y sexo sin necesidad de operación quirúrgica y a través de procedimiento administrativo, no de resolución judicial.


La llamada Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, antes denominada Ley de Identidad de Género, recoge así algunas de las principales reivindicaciones realizadas por las personas transexuales. De acuerdo al contenido de dicha Ley, que hoy será votada, «toda persona de nacionalidad española, mayor de edad y plenamente capaz podrá solicitar la rectificación de la mención del sexo así como la correspondiente modificación de nombre a efectos de que el mismo no resulte discordante con su sexo registral».


Según queda recogido en su artículo cuarto, dicha rectificación será acordada una vez la persona solicitante haya acreditado: «Que le ha sido diagnosticada Disforia de Género. La acreditación del cumplimiento de este requisito se realizará mediante informe de médico o psicólogo colegiado. Que ha sido tratada médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características a las correspondientes al sexo que se siente. La acreditación del cumplimiento de este requisito se efectuará mediante informe del médico colegiado bajo cuya dirección se haya realizado dicho tratamiento. De la misma manera, aquellas personas que acrediten haber sido sometidas a cirugía de reasignación sexual con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, o bien la incompatibilidad de tratamiento hormonal por razones de salud o edad, quedarán exoneradas de acreditar los requisitos anteriormente mencionados».


Estamos, por tanto, ante una ley que supone un avance legislativo fundamental y que se constituye como una de las más avanzadas en relación a aquellos países que, con anterioridad, ya contaban con legislación específica en la materia. Una ley que da cobertura a algunas de las reivindicaciones históricas, que no las únicas, de los colectivos transexuales. Estamos, en definitiva, ante un nuevo marco jurídico que contextualiza lo que, en esencia, no es otra cosa que un derecho personal irrenunciable: el derecho a la propia identidad.


El término transexual fue popularizado por Harry Benjamín a través de su célebre obra The Transsexual Phenomenon (1966), a pesar de que la divagaciones científicas sobre el tema se retrotraen muchos años atrás. Desde entonces, mucho se ha hablado y escrito acerca de la transexualidad en un intento por dotarla de significado. Han surgido así innumerables enfoques teóricos (clínicos, biologicistas, constructivistas ) que, desde perspectivas definidas pero, probablemente, parciales, han tratado de comprender dicha realidad. No es este el momento, y tampoco es mi pretensión, sumarme a este discurso, más bien al contrario. Se trata, tan sólo, de ofrecer una breve reflexión sobre el nuevo momento, una reflexión que intenta recoger el eco del mismo sobre una vertiente puramente humana. Nada más que eso .


Alguien dijo en una ocasión al ser preguntado al respecto -y perdón por la imprecisión- que « la vida es eso que se escapa mientras hacemos planes »; sabia frase que recoge la irresistible tentación del ser humano a perderse en complejos y elaborados laberintos racionales. Y no es que esté mal el empeño -no se me entienda mal, que es pieza fundamental de conocimiento y, en consecuencia, de progreso-. No está mal el empeño, decía, si entre tanto constructo teórico no es la propia realidad la que se escurre entre los dedos.


Sobre transexualidad, efectivamente, se ha hablado y escrito mucho: se ha teorizado sobre la realidad dicotómica social en materia de sexo y género; se ha teorizado sobre los procesos cerebrales y la incidencia del hipotálamo en la futura identidad sexual; se ha hablado sobre transgenerismo en un intento por definir entre ambos términos una línea divisoria; y sobre transexualidad primaria, y secundaria, y alosexación, y autosexación, y patología, y Y entre tanto, un grupo de personas -ni siquiera utilizaré el término transexuales porque, quizá, tampoco aporte demasiado- ha tratado durante décadas de que sea reconocida su propia vivencia personal, una vivencia que no sabe de explicaciones ni marcos teóricos y sí de incomprensiones y estigma social. Un grupo de personas que durante décadas han tratado de que su voz sea escuchada viéndose, una y otra vez, frustradas en el empeño. Un grupo de personas, en definitiva, que, al margen de criterios externos, tan sólo reivindican el reconocimiento de algo tan básico como el derecho a la propia identidad.


Por suerte, los tiempos cambian y un nuevo marco jurídico se hace eco y trata de brindar amparo, por fin, a una legítima realidad social. Probablemente abarque, tan sólo, aspectos parciales pero, desde luego, básicos, y a los que hay que conceder la importancia que se merecen, que es mucha. No resulta sencillo entrever, sobre todo para quienes nunca hemos tenido problemas a la hora de acreditar nuestra identidad, las muchas dificultades que supone el estar en posesión de documentos que no se corresponden con la identidad personal, la auténtica, la sentida. Son obstáculos, en ocasiones insalvables, que suponen innumerables quebraderos de cabeza para quien debe hacerles frente y sobre los que, desde estas líneas, invitamos a la reflexión.


Pero nos hallamos ante lo que se presume un gran día. Un gran día como también lo fuera el 30 de junio del pasado 2005 en que fue reconocida la posibilidad legal de matrimonio entre personas del mismo sexo. Un día, ante todo, de celebración pero que no nos debe hacer olvidar que queda aún mucho camino por recorrer. Y es que deben darse avances paralelos en la conciencia social; deben ser articuladas las correspondientes vías de sensibilización y educativas; deben adoptarse medidas de discriminación positiva a nivel laboral; deben ser creadas Unidades de Identidad de Género integradas por profesionales cualificados en la materia Y debe brindarse -y en este punto realizo un breve inciso- la posibilidad de atención integral de las personas transexuales a través de los servicios sanitarios públicos. Es ésta una realidad en diferentes comunidades autónomas entre las que se encuentran Andalucía, Extremadura, Asturias, Aragón y Madrid, y sería deseable fuera también una realidad en la Comunidad Autónoma Vasca. Si bien es cierto que existen ya en nuestra comunidad ayudas económicas al respecto, no es menos cierto que se trata de una medida limitada y, en consecuencia, insuficiente.


Sirvan, por tanto, estas líneas como llamamiento a aquellas autoridades competentes para que dicha reivindicación encuentre un contexto genérico y global.


Pero de todo esto habrá tiempo de hablar en un futuro porque hoy parece perfilarse una nueva voluntad política, y eso es importante. Porque hoy, como decía Dylan en un viejo éxito de hace ya algunos años, los tiempos pudieran estar cambiando, por lo menos en el tema que nos ocupa.


Y porque hoy, al fin, vislumbramos aspectos positivos de una realidad cambiante, una realidad que bien pudiera hacer válido aquel viejo título para una nueva canción.

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