2007/07/30

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  • Ni desafuero ni impunidad
  • El País, 2007-07-30 # José María Ridao

Cuando las leyes establecen sanciones desatinadas, parece que no existe más alternativa que conformarse con el desafuero o con la impunidad. Esta es, a fin de cuentas, la trampa saducea a la que parece enfrentarnos la revista El Jueves al publicar una caricatura soez y la decisión judicial de ordenar el secuestro de la publicación. Lo de menos en este asunto es que la caricatura se refiera a la familia real, puesto que el respeto que merecen sus miembros debería ser el mismo, exactamente el mismo, que el que tienen derecho a reclamar los de la más humilde de las familias. Es una cuestión de notoriedad, no institucional ni de sustancia, lo que ha hecho saltar este caso a las primeras páginas, y por eso resulta sorprendente que la discusión se haya centrado en determinar los límites en el tratamiento de la monarquía, y no en los que deben regir la libertad de expresión. Quizá esta atención selectiva, este subterfugio para evitar la discusión de un problema general por el procedimiento de atender a un episodio concreto, obedezca a una imperiosa necesidad de mantener la coherencia entre los argumentos que ahora se utilizan y los que se emplearon, por ejemplo, en el incidente de las caricaturas de Mahoma o, más recientemente, en las desafortunadas consideraciones del señor Anasagasti.


Si la injuria se regula en el Código Penal, como sucede en el ordenamiento español, los caricaturistas de El Jueves serán inexorablemente reos de un delito que les puede acarrear años de cárcel. Es probable que ni la misma Corona contemple con serenidad de ánimo esta sombría perspectiva, contra la que conviene pronunciarse con absoluta rotundidad: en una sociedad democrática, la zafiedad y el mal gusto pueden ser objeto de los más duros reproches, pero nunca pagarse con la cárcel. El proceso contra los caricaturistas de El Jueves debería ser desistido en cuanto se produjera la primera ocasión legal, evitando que haya que conformarse con el desafuero de ver a unos dibujantes en prisión en virtud de una sanción desatinada. Pero para no conformarse tampoco con la impunidad, cayendo de pleno en la trampa saducea tendida en este caso por El Jueves, pero que tiene no pocos seguidores, habría que promover, también cuanto antes, una reforma legal que extrajera la injuria del ámbito penal y la trasladase al ámbito civil, que es su territorio legal adecuado.


Por descontado, el eventual traslado de la injuria desde el Código Penal a la legislación civil plantea otros problemas, aunque siempre con la ventaja de que lo que planearía sobre las cabezas de los procesados no es algo tan grave y de tanta trascendencia como la privación de libertad. Plantearía, por ejemplo, el problema de la naturaleza de la sanción civil. De acuerdo con la experiencia de otros países, la más generalizada es la de prever multas para los casos en los que lesione el honor o la dignidad de las personas. Pero multas que, con independencia de su cuantía, suelen establecerse atendiendo, bien al principio de indemnizar el daño que han padecido los injuriados, bien al principio de castigar el hecho de injuriar en cuanto tal, colocando en segundo plano el perjuicio que haya podido producir. Las multas del primer tipo, las multas indemnizatorias, suelen acarrear, paradójicamente, una humillación añadida para las víctimas de una injuria: cuando un juez fija una cantidad que, al menos en teoría, repara la afrenta, lo que está haciendo, en realidad, es poner involuntariamente un precio al honor o a la dignidad de una persona. Nada tiene de extraño que, en buena parte de los casos, los ofendidos hagan entrega pública de esas cantidades a causas humanitarias u otras, como queriendo dar a entender que su honor o su dignidad no tienen precio.


Las otras multas, las multas punitivas, no sólo evitarían esta humillación añadida a la víctima de la injuria, sino que cumplirían un importante papel disuasorio, en el que no sería difícil adivinar cuáles son los límites de la libertad de expresión. Cualquier medio de comunicación se lo pensaría dos veces antes de arriesgarse a publicar una información o una viñeta susceptible de ser perseguida en una instancia civil y sancionada con una multa que podría poner en peligro su cuenta de resultados. Porque lo que ahora sucede es muchas veces lo contrario: la multa se contabiliza como un simple coste, puesto que las ventas o la audiencia que favorece la publicación de una injuria compensa enfrentarse a los trámites judiciales, en los que, encima, los plumíferos más desaprensivos se presentan como paladines de la libertad y de las grandes causas democráticas.

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